La justicia considera “improcedente” el despido de Vanesa Sánchez, delegada sindical del SAT

El Juzgado Social nº 1 de Granada ha considerado “improcedente” el despido de Vanesa Sánchez, delegada sindical del SAT. En sentencia emitida el pasado 18 de febrero, el Juzgado de lo Social n.º 1 de Granada considera ”improcedente” el despido de la delegada de la sección sindical del SAT.  Vanesa Sánchez Martín desempeñaba su trabajo de limpiadora en las dependencias de la Delegación de Turismo de la Junta de Andalucía a través de la empresa RYDALCA Selección SLU y fue despedida por la misma, el pasado 31 de octubre del 2019.

En la referida sentencia, el juez estima “parcialmente la demanda” interpuesta por la trabajadora concediendo una indemnización conforme a lo dispuesto actualmente por la ley y que, pese a tratarse de una cantidad considerable, cuenta con la rebaja adoptada en la última reforma laboral (marzo de 2012) que beneficia y fomenta los incumplimientos de los empresarios en detrimento de las garantías ante el despido y los derechos de los trabajadores.

El SAT considera que la sentencia “no resarce a la trabajadora de los abusos y violación de derechos cometidos” tildando la resolución judicial como “otra sentencia más que sigue premiando el incumplimiento de la ley que en el sector de la limpieza». Dichos incumplimientos «se comenten a diario por parte de las Administración Publica de turno y sus empresas subcontratadas”, apuntando a Gustavo Adolfo Rodríguez – delegado territorial de Turismo, etc de la Junta – y al empresario Juan Jesús Rubio – propietario de RYDALCA – como verdaderos responsables del despido y de la conculcación de los derechos de la trabajadora, que con la presente sentencia no son repuestos más que parcialmente.

El SAT manifiesta que “el delegado del gobierno trifachito andaluz, del mismo modo que la Junta de Andalucía en su conjunto, ignoran e inaplican permanentemente la Ley de Contratos Públicos (LCSP) y conculcan los derechos de las trabajadoras de la limpieza mediante la contratación de empresas a las que subarrienda tareas de saneamiento de los espacios públicos, edificios,… que gestiona, admitiendo las irregularidades y abusos de estas con tal de que les ahorren una parte del presupuesto de unos servicios que debieran gestionarse directamente por la Junta”.

Respecto a la empresa RYDALCA Selección SLU, el sindicato manifiesta que la saga de los Rubio Torres no debiera ostentar ningún tipo de contrato público a causa de sus reiterados incumplimientos, impagos y deudas con los trabajadores, Seguridad Social y Hacienda, con las que acumulan importantes cantidades que suman a las numerosas empresas que han abierto e ido cerrando para acceder a las diversas licitaciones a las que concurren.

Para el SAT, la contratación pública debe ser, sobre todo, una herramienta jurídica al servicio de los poderes públicos para el cumplimiento de la cohesión social, redistribución de la riqueza, igualdad y justicia, algo que ni por asomo se cumple en este y otros muchos casos.

El sindicato finaliza su comunicado poniendo en conocimiento de la opinión pública que, en estos momentos, se está estudiando la interposición de recurso contra esta sentencia ante el TSJA. Igualmente, el SAT informa que “ la lucha sindical mantenida por Vanesa Sánchez durante los últimos quince meses ha supuesto un hito en el necesario reconocimiento y aplicación efectiva de los derechos de las trabajadoras y trabajadores y de la consecución de sus justas reivindicaciones por un trabajo digno, estable y bien remunerado en el Sector de Limpieza, manifestando, por último, su apoyo total e incondicional a nuestra compañera Vanesa Sánchez”.

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